Te has equivocado en un importe, en el NIF del cliente o el cliente te devuelve parte de la mercancía. No puedes borrar la factura ni emitir otra sin más: lo correcto es emitir una factura rectificativa. Te explicamos cuándo hace falta, qué debe contener y cómo afecta a tus impuestos.
Forma parte de nuestra guía para darse de alta como autónomo.
Última revisión: 2 de noviembre de 2026.
Respuesta rápida
– Una factura ya emitida no se modifica: se corrige con otra factura, la rectificativa.
– Hace falta cuando hay datos obligatorios erróneos o cuando cambia la base o la cuota de IVA (devolución, descuento, anulación, cambio de precio, impago).
– Debe llevar su propia serie de numeración, la mención «factura rectificativa», la causa y la referencia a la factura original.
– Se refleja en el modelo 303 del trimestre en que la emites.
Cuándo hay que emitirla
| Situación | ¿Rectificativa? |
|---|---|
| Error en datos obligatorios (NIF, nombre, fecha, descripción, tipo de IVA) | Sí |
| Devolución de mercancía o de parte del servicio | Sí |
| Descuento o rappel posterior a la factura | Sí |
| Anulación de la operación | Sí |
| Modificación del precio acordado | Sí |
| Cliente que no paga (cumpliendo requisitos legales) | Sí, para recuperar el IVA |
Los datos obligatorios están en los artículos 6 y 7 del Reglamento de facturación, y las causas de modificación de la base imponible en el artículo 80 de la Ley del IVA. Si dudas de cómo debe ser una factura correcta, repasa nuestra guía sobre cómo hacer una factura de autónomo.
Qué debe incluir
- Una numeración propia en una serie específica, por ejemplo R-2026-1.
- La mención expresa de que es una factura rectificativa.
- La causa de la rectificación.
- La referencia a la factura original: número, serie y fecha.
- Los datos que se corrigen y el nuevo importe, o la diferencia.
- Los demás datos de toda factura: emisor, destinatario, fecha, IVA y retención si procede.
Hay dos formas de rectificar: por diferencias (la rectificativa recoge solo la variación, que puede ser negativa) o por sustitución (anula la original y la reemplaza por una nueva completa).
Ejemplo práctico
Lucas emitió una factura de 1.000 € más 21 % de IVA (1.210 € en total). Después acuerda con su cliente un descuento de 200 € por un retraso en la entrega. Emite una rectificativa por diferencias:
| Concepto | Base | IVA 21 % | Total |
|---|---|---|---|
| Factura original | 1.000,00 € | 210,00 € | 1.210,00 € |
| Rectificativa (descuento) | −200,00 € | −42,00 € | −242,00 € |
| Resultado final | 800,00 € | 168,00 € | 968,00 € |
En el modelo 303 del trimestre en que emite la rectificativa, Lucas minora el IVA repercutido en 42 €. Su cliente, si es empresario o autónomo, ajustará su IVA soportado en el mismo importe.
Plazos
- Debes emitirla en cuanto conozcas el error o la causa de la modificación, y siempre dentro del plazo de prescripción de cuatro años.
- Si la rectificación supone aumentar el IVA repercutido a un empresario o profesional, solo puedes repercutirlo si la factura original se emitió en el año siguiente al devengo. En otro caso, deberás regularizarlo con una autoliquidación rectificativa.
Impagos: recuperar el IVA
Si un cliente no paga, puedes modificar la base imponible y recuperar el IVA ingresado cuando se cumplen los requisitos del artículo 80 de la Ley del IVA. Los plazos varían según el caso (concurso de acreedores o cliente sin concurso) y han cambiado en los últimos años: algunas fuentes hablan de tres meses desde la publicación del auto de concurso y de seis meses de espera en los demás casos, pero otras indican que desde 2023 se aplica el plazo de seis meses para créditos incobrables. Verifica el plazo vigente en la Agencia Tributaria antes de actuar.
Además de emitir la rectificativa, hay que comunicarlo a Hacienda con el modelo 952 dentro del mes siguiente a la emisión. Más detalles en qué hacer si un cliente no te paga.
Cómo se refleja en el modelo 303
Las rectificativas que disminuyen la base y la cuota se anotan, con signo negativo, en las casillas de modificación de bases y cuotas del modelo 303 (las casillas 14 y 15 en el formulario vigente). Tu cliente las recoge en sus casillas de IVA soportado. Revisa el esquema en nuestra guía del modelo 303 y confirma las casillas en el formulario del trimestre.
Errores frecuentes
- Borrar o sustituir la factura original sin emitir rectificativa.
- Numerar la rectificativa dentro de la serie normal, sin distinguirla.
- Olvidar la referencia a la factura original o la causa.
- No ajustar el modelo 303 ni la retención de IRPF cuando proceda.
- Subir el IVA por error y no regularizarlo con el procedimiento correcto.
Preguntas frecuentes
¿Puedo emitir una rectificativa en cualquier momento?
En general, en cuanto detectes la causa y siempre dentro del plazo de prescripción de cuatro años.
¿Puedo cambiar el nombre del cliente directamente en la factura?
No. Si el dato es obligatorio, debes emitir una rectificativa.
¿Es lo mismo rectificar que anular?
No exactamente. La anulación es una causa de rectificación: la rectificativa deja la factura original sin efecto.
¿Y si la factura era simplificada?
También puede rectificarse, con requisitos propios. Consulta el Reglamento de facturación o a tu asesor para tu caso concreto.
Aviso y fuentes
Este artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento profesional. Consulta la normativa vigente en la sede de la Agencia Tributaria y en el BOE (Ley del IVA y Reglamento de facturación).






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